DEO, dirección de ejecución de la obra, control de calidad y coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución.

Director de ejecución de la obra, encargado de ordenar y dirigir la ejecución de la obra, teniendo en cuenta el control y organización de los trabajos de acuerdo con el proyecto ejecutivo que la define, cumplir y hacer cumplir las normas y reglas de la buena práctica de la construcción i consignar las instrucciones precisas en el libro de ordenes i asistencias. Supervisar cualitativa y cuantitativamente los procesos y elementos constructivos, el correcto ritmo de la obra, la calidad de los materiales, mediciones de las certificaciones de los industriales, cumplimiento de las normas de seguridad y salud e higiene en la obra, horarios establecidos y todo aquello que sea necesario en cuanto a replanteos y puesta en obra del proyecto ejecutivo. Ordenar la ejecución y puesta de todas las unidades de obra, comprobar la medición y correcta ejecución de los trabajos, redactar las correspondientes actas de visita de obra, gestión y control de las certificaciones de obra, mediante relaciones valoradas mensuales presentadas por el constructor.

Dirección de ejecución de obra de la construcción de una vivienda unifamiliar aislada.

La elaboración del plan de control de calidad de la obra y su valoración económica, que se realiza para adecuar y establecer el marco genérico de la actuación del control de calidad y sus características, dando cumplimiento al Decreto 375/1988 de la Generalitat de Catalunya i el que establece el CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN, mediante la redacción del programa de control de calidad de los principales elementos de obra, la coordinación con el resto de agentes que intervienen en la obra para presentar y explicar el programa de control, ensayos a realizar y documentación a comprobar. Controlar, interpretar y registrar toda la documentación i resultados recibidos recibidos en cumplimiento al programa de control. Certificar y realizar el documento final de resultados de la obra.

Y coordinar las actividades de la obra para garantizar que el contratista, aplique de forma coherente y responsable los principios básicos de la acción preventiva que establece el art. 15 de la ley de prevención de riesgos laborales. Aprobación del plan de seguridad y salud de la obra, elaborado por el contratista. Coordinar las acciones y funciones de control para la correcta ejecución de los trabajos, organizando y coordinando la actividad empresarial en la obra, según lo previsto en el art. 24 de la ley de prevención de riesgos laborales i adoptar aquellas medidas necesarias para evitar que puedan entrar a la obra, las personas no autorizadas.

Cap adalt